
Santo Domingo.- El expediente de
solicitud de medida de coerción destaca al menos 30 acciones que habrían
cometido los imputados del caso “Operación Calamar” para poder, supuestamente,
defraudar al Estado.
La organización Cívica Participación Ciudadana presentó un libro de 37 páginas titulado “Documento sobre la medida de coerción del Ministerio Público” en el que se ofrecen informaciones útiles del voluminoso expediente y en el que la entidad resume al menos 30 acciones cometidas por los imputados.
En la foto, sede de Participación Ciudadana.
A continuación, se presenta de manera íntegra las acciones que detalla
Participación Ciudadana y que fueron extraídas del expediente de solicitud de
medida de coerción:
1. “Utilizar importantes instituciones del
Estado como: el Ministerio de Hacienda, la Contraloría General de la República,
la Dirección General de Bienes Nacionales, el Consejo Estatal del Azúcar, la
Dirección General de Catastro Nacional, la Dirección General de Presupuesto y
el Banco de Reservas como espacios operativos de la estructura criminal creada
con el objetivo de estafar, desfalcar al Estado dominicano y tenerlo como un
rehén de la corrupción.
2. Aprovechar los conocimientos que tenían
sobre el manejo de la administración pública para violentar sus procedimientos
y cometer ilícitos penales al estafar y desfalcar al Estado dominicano.
3. Identificar bienes que habían sido
declarados de utilidad pública y a cuyos dueños no se les había realizado el
pago del justo precio, logrando que el Estado dominicano erogara fondos en base
a maniobras fraudulentas, fondos que retornaban y se traducían en grandes
beneficios económicos para los funcionarios públicos y particulares que
formaban parte de la referida organización criminal.
4. Crear un esquema que incluía la
participación de profesionales en ejercicio privado que tenían la función de
tramitar los procesos judiciales y administrativos de determinación de
herederos irregulares, obtención de duplicados de títulos, constancias
anotadas, determinación de justo precio y avalúo en tiempo récord, a fin de
crear las condiciones para obtener ganancias ilícitas.
5. Falsearon documentos públicos, como
actos de notoriedad, con el fin de excluir herederos, a los que afectaron sus
derechos fundamentales.
6. Emitían avalúos para el pago
fraudulento de parcelas expropiadas sin los debidos soportes técnicos ni los
registros correspondientes
7. Obtenían los pagos sin cumplir
mínimamente con los requisitos exigidos para los procedimientos de pago.
8. Realizaron pagos de expropiaciones de
terrenos empleando manejos fraudulentos, es decir, sin acreditarse previamente
la calidad de los reclamantes, con
expedientes incompletos por ausencia de actas del estado civil, certificados de
títulos y constancias anotadas, ausencia de pago de impuestos sucesorales,
entre otros.
9. Emitieron pagos irregulares a personas
que, al momento del decreto de expropiación, no tenían derechos registrados en
la parcela expropiada.
10. Compelían a los supuestos reclamantes a firmar en su favor cesiones de créditos en base a deudas imaginarias, como condición sine qua non para la gestión del pago.
11. Utilizaban la modalidad de las
cesiones de créditos fraudulentas a favor de interpósitas personas que
respondían a los intereses de los funcionarios públicos que intervinieron en
los acuerdos transaccionales y autorizaban los pagos, como instrumento de retorno
de las erogaciones con fondo del Estado a su favor.
12. Simularon deudas basándose en la gestión del pago ante los propios funcionarios que formaban parte del entramado corrupto, sin ningún soporte.
13. Maniobraron para que un altísimo
porcentaje de los montos pagados por deudas administrativas, mediante las
cesiones
de crédito fraudulentas, recayeran en las
mismas personas físicas y jurídicas que formaban parte del entramado de
corrupción.
14. Realizaron pagos de terrenos indivisos
en base a constancias anotadas, en franca violación a lo que establece el
Reglamento para el Control y Reducción de Constancias Anotadas que prohíbe la
transferencia parcial de derechos sustentados en una Constancia Anotada.
15. Utilizaron parcelas que no contaban
con declaratoria de expropiación o de utilidad pública y social con el claro
interés de realizar pagos fraudulentos y así obtener beneficios para el
entramado criminal.
16. Crearon empresas donde dieron por
ciertas calidades de accionistas a personas que desconocían la existencia de su
vinculación societaria con dichas entidades, las cuales fueron empleadas para
recibir cesiones de crédito de parte de los supuestos herederos de terrenos
expropiados, así como también para la compra ilícita de terrenos.
17. Constituyeron empresas con nombres
similares a otras empresas con activos disponibles, en esta ocasión dando por
cierta la existencia de poderes que no tenían, con el fin de estafar los
capitales ajenos, suplantando su personería jurídica y reclamando la
titularidad de sus bienes, para obtener pagos ilícitos con fondos públicos.
18. Utilizaron empresas de carpeta cuya
única finalidad era la de cobrar los montos de las cesiones de crédito, las
cuales fueron disueltas inmediatamente recibieron los fondos públicos fruto del
desfalco al Estado dominicano.
19. Utilizaron de forma habitual la misma
oficina de abogados para la firma de las cesiones de crédito, la cual, tanto
como
persona jurídica como por intermediación
de sus principales asociados y empleados, resultó ser acreedoras de múltiples
cesiones de créditos fraudulentas, a través de las cuales se agenciaron de
sumas millonarias del erario que no se corresponde con los honorarios legales
pactados.
20. Crearon una estructura que facilitaba
que luego de realizados los pagos a los beneficiarios de las cesiones de
crédito, el dinero saliera de las cuentas de estos y fuera entregado en
efectivo a los directivos de las diferentes instituciones de la estructura
criminal.
21. Realizaron la generalidad de los pagos
en plena restricción de labores, en ocasión de la pandemia del SARS COVID19.
22. Efectuaron pagos en tiempo récord,
tomando en consideración el tiempo promedio que requiere un expediente
depositado COMPLETO, es decir, con todos los requisitos exigidos por la
Dirección de Reconocimiento de Deuda Administrativa y la Contraloría General de
la República, para obtener la aprobación y autorización del pago del ministro
de Hacienda.
23. Firmaron acuerdos transaccionales en
el Consejo Estatal del Azúcar sin contar con la aprobación del Congreso ni del
Poder Ejecutivo, de conformidad con la ley núm. 7-66.
24. Realizaron acuerdos de reconocimiento
de deuda, en la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE),
por trabajos adicionales en los que entre los contratos originales y los
acuerdos de reconocimiento de deuda existe un promedio de 10 años entre uno y
otro.
25. Utilizaron empresas de contratistas
del Estado para realizar maniobras fraudulentas en obras ya adjudicadas,
incluyendo obras con cubicaciones de cierre, en las que se falsearon trabajos
adicionales que no se realizaron, simulando la legalidad de los pagos a través
de los acuerdos de reconocimiento de deuda.
26. Adulteraron el procedimiento técnico,
en la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), respecto
a los acuerdos de reconocimiento de deuda por trabajos adicionales que no
estaban validados por los técnicos de campo con respecto a las volumetrías y
las cubicaciones, ni realizaron las inspecciones que confirmara la realización
de dichos trabajos.
27. Antedataron las fechas, en los
acuerdos de reconocimiento de deuda por trabajos adicionales, para que pudieran
clasificar como deuda administrativa, y así poder ser pagados a través del
Ministerio de Hacienda.
28. Utilizaron la Dirección de Casino y
Juegos de Azar para realizar cobros ilegales a los dueños de consorcios de
bancas, los cuales fueron realizados al margen de la institución, por personas
asociadas al entramado y para beneficio de este.
29. Coaccionaban, a través del
departamento de fiscalización de la de la Dirección de Casino y Juegos de Azar,
el cual cerraba los establecimientos comerciales relativos a bancas de loterías
y deportivas, que no realizaban el pago ilegal requerido, del cual los
funcionarios encargados recibían sobornos.
30. Fomentaron la instalación de máquinas
tragamonedas en los colmados, a sabiendas de su ilicitud y el daño que causa,
sobre todo en niños, adolescentes y jóvenes de sectores humildes, todo a cambio
de obtener una mensualidad que era cobrada al estilo de la mafia. Durante el
período transcurrido que duró la estructura la instalación de máquinas
tragamonedas creció de manera exponencial especial.”
2,120 páginas y 65 testigos.- Participación
Ciudadana destaca que el documento de solicitud de medida de coerción tiene
2,120 páginas y que las pruebas aportadas por el Ministerio Público incluyen
pruebas testimoniales con 65 testigos.
Los testigos más relevantes son: Bolívar
Antonio Ventura Rodríguez, Ramón Emilio Jiménez Collie (a) Mimilo, Fernando
Crisóstomo Herrera, José Arturo Ureña Pérez, Francisco Pagán, Belkiz Antonia
Tejeda y Frixo Messina.
¿Cuántas pruebas hay?.- El documento de
solicitud de medida de coerción tiene 1,183 pruebas documentales, 30 pruebas
materiales y 54 documentos procesales.


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