Escrito por
La Redacción.
abril 07, 2016
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| Claudio Caamaño |
“La oportunidad de la atención se vio afectada
porque entre el momento del accidente y su ingreso a una Unidad de Cuidados
Intensivos transcurrieron seis horas”, dice Ministerio de Salud Pública en su informe técnico
sobre el caso.
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud Pública
sometió ante la Procuraduría Especializada en Salud a dos de tres centros
médicos que se vieron involucrados “en la inobservancia de los servicios de
atención a Claudio Caamaño Grullón”, mientras otro de ellos será objeto de una
amonestación.
Según el Informe Oficial de la Comisión Técnica
apoderada por Salud Pública para investigar el caso, los establecimientos que
incurrieron en inobservancias fueron el Centro Médico Regional Aguasvivas de
Baní, el primero que recibió al paciente luego de sufrir un accidente de
tránsito en Pizarrete, y el Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y
Telemedicina (Cedimat), que lo atendió en una ambulancia.
Los otros dos establecimientos adonde también fue
trasladado Caamaño Grullón, fueron la Clínica Abreu y el Centro Médico UCE, en
el que falleció, y el cual será amonestado porque no tuvo una “debida y
oportuna comunicación con los familiares del paciente”.
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| Sede del ministerio de Salud Pública |
Asimismo, Salud Pública informó que para erradicar de
manera definitiva los denominados “rebotes” de pacientes críticos en los
centros de salud privados, está procediendo a remitir a la Superintendencia de
Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) “la recomendación de la Comisión para que
en “el caso de los afiliados al Sistema Nacional de Seguridad Social, para
todas las modalidades y regímenes de aseguramiento, establecer que la atención
no espere la autorización de un seguro de salud, porque tal comportamiento
podría afectar la evolución del paciente, poniendo en peligro su vida”.
¿Quién fue Claudio Caamaño?.- Claudio Antonio Caamaño Grullón
nació el 21 de febrero de 1938, en Santo Domingo.
En la sociedad se conoció por
su participación en la Gesta Patria de abril de 1965, en la que fue ascendido a
mayor del ejército constitucionalista el día 27 de abril de 1965 durante la
Batalla del Puente Duarte.
Caamaño Grullón fue Jefe de Inteligencia y
Contrainteligencia durante la Guerra Abril de 1965. Estuvo junto a Francisco
Alberto Caamaño, su primo, durante gran parte de su vida, hasta el día de su
muerte el 16 febrero de 1973.
Claudio Caamaño llevó una vida ejemplar hasta la hora
de su trágica y lamentable muerte.
Centro Médico Regional Aguasvivas de Baní: Al paciente no se le realizó un hemograma, ni ninguna
otra analítica sanguínea, pruebas que por su nivel de atención el
establecimiento estaba en condiciones de efectuar, por lo que la Comisión
entiende que hubo insuficiencia de los procedimientos diagnósticos necesarios
para establecer la condición del paciente y determinar la respuesta de su
organismo al traslado.
Para la referencia a un nivel de superior capacidad
resolutiva no se observaron las normativas relativas a la articulación de los
niveles de atención, ya que el Centro Médico Regional Aguasvivas no estableció
contacto con un centro específico de salud para confirmar que el paciente fuera
adecuadamente recibido. Tampoco se consignó el cuadro clínico o la atención
otorgada en una nota de referimiento.
Asimismo, el informe indica que: el “traslado desde
Baní a Santo Domingo: en su condición de politraumatizado, el paciente debió
ser movilizado en una ambulancia con soporte vital avanzado para intervenir
oportunamente ante cualquier evento clínico inesperado que requiriera del tipo
de recursos disponibles en ese tipo de unidad para preservar la vida”.
Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y
Telemedicina (Cedimat): la ambulancia que trasladó al Señor Caamaño desde Baní se mantuvo en el
área de estacionamiento de la emergencia alrededor de cuarenta minutos, tiempo durante el cual el paciente permaneció
dentro del vehículo, sin que fuera institucionalmente evaluado.
En estas circunstancias, Claudio Caamaño Vélez, hijo
del señor Caamaño Grullón, solicitó a una doctora amiga que revisara la presión
arterial de su padre, encontrándola en 100/60 mm Hg, de acuerdo a lo que éste
comunicó a la Comisión.
Según una nota enviada posteriormente por los
directivos de ese centro de salud, el paciente fue evaluado dentro de la
ambulancia porque el centro no disponía de espacio físico debido a ocupación
total de camas, no obstante, lo cual no se cuenta con evidencia escrita de que
el paciente recibiera atención ni evaluación alguna.
Desde Cedimat, la misma ambulancia trasladó al
paciente a la Clínica Abreu, centro que disponía de una cama de intensivo, dato
registrado en la nota antes citada.
Clínica Abreu: después de ser registrado en el servicio de
Emergencia de este centro de salud a las 10:00 de la noche del día 20 de marzo
del 2016, el paciente fue clínicamente evaluado y se le administró oxigenoterapia
para mejorar la saturación de oxígeno.
Se llamó al cirujano general de
servicio, quien llegó en un lapso de 10 minutos, aunque los familiares ya
habían decidido que el paciente fuera trasladado a otro centro de salud,
cumpliéndose a las 10:30 de la noche de ese día 20 de marzo de 2016, los
requisitos de rigor para el alta voluntaria.
Centro Médico de la Universidad Central del Este: fue el establecimiento de salud
elegido libremente por los familiares, en virtud de que en él laboran los
médicos conocedores de los antecedentes patológicos del paciente y que
intervinieron en procesos de atención previos.
Trasladado al Centro Médico de la UCE a las 10:40 de
la noche, fue ingresado con diagnósticos de traumatismos múltiples y fracturas
de costillas, siendo valorado por su médico de cabecera a las 11:00 de la noche
de ese 20 de marzo del 2016 e ingresado a la Unidad de Cuidados Intensivos
(UCI) para vigilancia médica.
Sobre la UCE añade que “el ingreso oportuno a la UCI,
la tomografía realizada y los controles radiográficos realizados, la colocación
de una sonda de drenaje (tubo de pecho) en hemitórax izquierdo, la transfusión
de paquetes globulares y los medicamentos administrados, evidencian un manejo
acorde con los estándares terapéuticos empleados en pacientes con trauma
cerrado de tórax”.
Faltó comunicación.- El informe destaca -en el caso de la
UCE- “que en cuanto a los elementos de la debida y oportuna comunicación,
imprescindibles en el establecimiento de una adecuada relación médico-paciente,
los familiares no recibieron la información que les permitiera conocer acerca
de la evolución del cuadro clínico del señor Caamaño Grullón, por lo que su
fallecimiento, ocurrido el 22 de marzo de 2016 a las 3:30 de la madrugada fue
percibido como un evento inesperado, lo que generó confusión, natural
desesperación y una gran carga de angustia”.
El diagnóstico.- Claudio Caamaño recibió traumas
contusos severos de tórax y de miembro superior izquierdo como consecuencia de
un accidente automovilístico ocurrido el 20 de marzo de 2016 a las 05:30 de la
tarde, en el tramo carretero Pizarrete, Baní.
El impacto
le ocasionó múltiples contusiones en región frontal, región escapular, cara
anterior del brazo, antebrazo y cara externa del muslo; laceración de hombro,
abrasión de codo, contusión de músculos supraescapulares e intercostales.
Asimismo,
hemorragias en cavidades pleurales, contusión, hematoma y hemorragia alveolar
en ambos pulmones; laceración y hematoma en lóbulo inferior del pulmón
izquierdo.
Además,
fracturas con infiltrado hemorrágico del segundo al decimosegundo arco
posterior izquierdo. Del lado derecho presentó fracturas e infiltrado
hemorrágico del quinto al séptimo arco costal anterior y laceración en dorso
mano.



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