
Santo Domingo.- Cuando el recién pasado viernes la Junta Central Electoral (JCE) otorgó el reconocimiento al Partido Esperanza Democrática (PED) y a los movimientos políticos Cívico Cabrereño (MCC) y Humanista Independiente (MHI), la matrícula de las agrupaciones políticas reconocidas ante el órgano electoral aumentó a 40.
Junto al partido encabezado por Ramfis
Domínguez Trujillo y los dos movimientos, los partidos Demócrata Independiente
(PDI), Generación de Servidores (GENS) y Opción Democrática han sido los
últimos en obtener la personería jurídica de parte de la JCE y podrán presentar
candidaturas y pactar alianzas en los próximos torneos electorales.
Los partidos en espeta de reconocimiento.- Uno de los
partidos con oportunidad de obtener el reconocimiento es el presidido por el
actual senador de Santiago Rodríguez, Antonio Marte, el cual es denominado como
“Partido Primero la Gente”. Esa agrupación ya completó el proceso de
documentación requerida; otros que están a la espera son los partidos Camino
Nuevo y Justicia Social, encabezados por Eglenis Morrison y el exsenador de
Santiago, Julio César Valentín, respectivamente.
Por igual el Partido Misión Amplia Alianza
Sociopolítica (MAS), liderado por Fidel Santana y Higinio Báez.
Los requisitos.- De acuerdo a la
Ley 33-18, para ser reconocidos, las organizaciones políticas deben de
depositar una exposición sumaria de los principios, propósitos y lineamientos
que sustentará el partido, agrupación o movimiento político, en armonía con lo
que establece la Constitución y las leyes; los estatutos del partido,
agrupación o movimiento político, que contendrán las reglas de funcionamiento
de la organización, las cuales serán coherentes con los principios democráticos
señalados en la Constitución y las leyes de la República.
Además de una declaración jurada por los
organizadores de que el partido, agrupación o movimiento político cuenta con
ciudadanos, que asintieron con sus firmas, en una cantidad no menor del dos por
ciento de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones generales
ordinarias presidenciales, la cual estará acompañada, en aquellas provincias o
municipios donde presenten organismos de dirección, de una lista con los
nombres, números de cédula de identidad y electoral y direcciones de quienes
respaldan la solicitud, entre otros requisitos.
"La Junta Central Electoral
verificará la veracidad de las documentaciones y declaraciones incorporadas al
expediente y si ha lugar, sancionará las mismas y emitirá un veredicto a más
tardar cuatro meses antes de la celebración de las elecciones, dentro de los
cuatro meses previos al día de las elecciones, la Junta Central Electoral no
podrá dictar resolución alguna que ordene inscribir partidos, agrupaciones o
movimientos políticos", señala expresamente la Ley de Partidos.
La JCE dio a conocer que de las 106
solicitudes de reconocimiento de personería jurídica hechas por partidos,
agrupaciones y movimientos políticos en formación ante la Junta Central
Electoral, 57 han sido rechazadas por no completar las formalidades y
requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente para tales
fines.

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