El Congreso Nacional, cuya sede se
observa en la foto, debate actualmente la Extinción de Dominio con artículos
constitucionalmente cuestionables.
Santo Domingo.- Aunque la aprobación de una ley que extinga dominios y retorne al Estado el dinero robado por funcionarios es atractiva a los ojos de la generalidad de la población, su incongruencia con el ordenamiento jurídico dominicano podría serle de tropiezo para su aplicación.
En la discusión que sostienen legisladores
oficialistas sobre la inclusión o no de la elusión de impuestos, resalta la
postura de los opositores, quienes dicen estar de acuerdo en que la ley se
aplique hacia atrás.
El jurista Miguel Valerio, especializado
en Derecho Constitucional, refirió el principio de irrectroactividad de la
Constitución, la cual plantea que las leyes con carácter punitivo no pueden
aplicarse hacia el pasado a menos que beneficien al imputado o al que cumple
condena.
“Desde mi óptica, ya existe el decomiso
por infracción penal, especialmente en el lavado de activos”, dijo.
Pero los congresistas han apelado a un término nuevo: retrospectividad.
El abogado constitucionalista Nassef
Perdomo dijo ayer que la aplicación de la “retrospectividad” para perseguir
hechos del pasado es una importación de otros ordenamientos jurídicos que no
encaja en el nuestro.
“Por ejemplo, se usa en Colombia, pero la
Constitución de ese país no tiene una prohibición tan radical y contundente de
la aplicación retroactiva de la ley como la de nuestro artículo 110
constitucional. Que sea posible bajo la Constitución colombiana no lo hace
posible aquí”, argumentó Perdomo.
Indicó que todo esto se justifica
diciéndole a la ciudadanía que eso es para perseguir los actos de corrupción
del pasado. “Pero después que se aprueban, las leyes toman vida propia y es
seguro que si eso ocurre en el país, pronto los tribunales se verán inundados
de denuncias falsas y de usos de la ley para resolver conflictos económicos y
comerciales”, advirtió Perdomo.
Otras incongruencias.- No es el único
problema que tendría que sortear la Extinción de Dominio. Otra de las
eventuales incongruencias constitucionales sería el de la doble persecución.
“Permitirían que, incluso si el Estado
pierde cuando persiga penal o administrativamente a los ciudadanos, entonces
pueda perseguirlos por los mismos hechos, pero ante esta nueva jurisdicción.
Eso con la excusa, transparentemente falsa, de que perseguir el patrimonio de
una persona no es lo mismo que perseguirla a ella”, señaló Perdomo.
Indicó que si bien la Ley de Extinción de
Dominio podría ser una herramienta útil, los proyectos que se han discutido
públicamente tienen graves vicios de inconstitucionalidad.
Solicitud convocatoria.- Este lunes, el
senador Iván Lorenzo remitió comunicación al presidente de la Comisión
Bicameral que estudia el proyecto, Pedro Catrain, para que convoque la comisión
e invite a las organizaciones y activistas de la sociedad civil.
Según Lorenzo, es una solicitud para transparentar el proceso de elaboración
del informe al Proyecto sobre Juicios de Extinción de Dominio.
Dimes y diretes: José Ignacio
Paliza.- “La
Ley debe aprobarse lo antes posible. Le solicito a los amigos de otros partidos
buscar la forma”.
Diputado Luis Henríquez.- El legislador del PLD dijo que el PRM ha
tratado de politizar la ley.
Diputada Soraya Suárez.- “Sacaron ahora un tema debajo de la manga”.
Fuente: Periódico El Día.


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