Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional anuló el artículo 2 del decreto 392-16 que ordenó la suspensión inmediata de las operaciones de venta o reventa de inmuebles en el sector Los Tres Brazos, del Distrito Nacional, a raíz de denuncias de irregularidades.
El Constitucional declaró “no conforme con
la Constitución de la República” el texto del decreto emitido por entonces
presidente Danilo Medina, el 28 de diciembre de 2016.
Estableció que viola los artículos 4, 6,
51.1, 73, y 149.I de la Constitución dominicana, que conciernen al
principio de separación de los poderes, la supremacía de la Constitución, el
derecho de propiedad, la nulidad de los actos que subviertan el orden
constitucional, y las funciones del Poder Judicial
“Esto, sin desmedro de las decisiones a
intervenir relativas al fondo de este conflicto, del que se encuentran
apoderadas las jurisdicciones penal e inmobiliaria”, precisa el TC en
la parte final del dispositivo segundo de la sentencia.
El dispositivo de la decisión fue
publicado en el comunicado 64/21, en el cual consta que contiene
votos particulares.
La acción de inconstitucionalidad fue
conocida en audiencia pública el 27 de abril 2018, en la cual quedó en estado
de fallo.
El TC acogió una acción directa de
inconstitucionalidad presentada por la sociedad comercial Inversiones Fernández
Parache & Asociados, S. R. L. (INFEPA), en contra del artículo 2 del
decreto.
La Alta Corte ordenó que la
decisión sea notificada, por secretaría, a la empresa accionante, a la
Presidencia de la República, a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y a
la Procuraduría General de la República y que sea publicada en el Boletín del
Tribunal Constitucional.
“En virtud de las razones expuestas en la
parte considerativa de este decreto, se ordena la suspensión inmediata de toda
operación de venta o reventa de los inmuebles ubicados en el sector de Los Tres
Brazos, así como de todo proceso de desalojo contra los actuales
ocupantes de dichos terrenos”, dispuso el artículo 2 del decreto
anulado por el TC.
En las motivaciones, el decreto destaca
que el Poder Ejecutivo ha puesto especial atención a las denuncias y los
reclamos de diferentes sectores de la sociedad sobre las ventas de
terrenos por parte de la Corporación de Empresas Estatales
(CORDE) a la empresa Inversiones Fernández Parache &
Asociados S.A. (INFEPA), entidad que impugnó ante el TC el acto
presidencial.
El gobierno pasado justificó la medida
también en que la Consultoría Jurídica determinó que las ventas no cumplieron
con las disposiciones de la constitución y de la ley 141-97,
general de reforma de la empresa pública, principalmente a la exigencia de
procesos de licitación pública para la enajenación de bienes del Estado, y a la
necesidad de someterlas a la aprobación del Congreso Nacional.
Fuente: Dirección de Comunicaciones del Tribunal Constitucional.

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