Titulares

viernes, 17 de septiembre de 2021

Consorcio Azucarero Central acepta cesar hostilidades e indemnizar a cosecheros a quienes demolió sus cultivos en el Sur

 

En la foto: Virgilio Ernesto Perez Bernal, presidente del CAC, y los miembros del equipo agropecuario del gobierno firman el acuerdo con los parceleros de Tamayo. En el extremo izquierdo también rubrica Manuel Antonio Pérez Canario (Manuel Lemba), el líder de los parceleros que ocupaban tres campamentos en sus luchas de cinco meses contra los guatemaltecos.

Santo Domingo.- Los inversionistas guatemaltecos que regentean el Consorcio Azucarero Central (CAC), la empresa arrendataria del Ingenio Barahona, aceptaron después de cinco meses de conflictos con los agricultores de la zona de Tamayo, cesar las hostilidades e indemnizar a aquellos a quienes les demolió sus plantaciones de distintos cultivos.

La finalidad del proceso, que requirió 15 sesiones de un diálogo al que los ejecutivos del CAC jamás acudieron, deja establecido en el contrato firmado por las partes con la mediación del Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, que quedarán fuera de los beneficios aquellos “parceleros” que jamás han cultivado los predios en disputa y que, incluso, no tienen como oficio principal la agricultura ni la pecuaria.

El Ministerio de Agricultura, escenario del evento, no tuvo exento de incertidumbres, por las protestas y reclamos que, por su lado, realizaron los parceleros que llegaron a instalar tres campamentos en los que también han estado los propietarios de predios heredados de sus antepasados y que cultivan por hasta más de cien años; y, por el otro, personas señaladas como transportistas, profesores e, incluso, residentes  en el exterior a quienes el Instituto Agrario Dominicano (IAD) estuvo a punto de legalizar sus actos.

Así, en el punto 2 del documento se define a los concernidos como los “agricultores asentados que den uso agrícola o pecuario a sus parcelas, de conformidad con las normas vigentes”. Esa fue la razón por la que se abstuvieron de firmar los representantes del Bloque de Asociaciones del AC-575, que encabeza Gregorio Montero Encarnación, conocido como Milcíades.

Ya en el pasillo, en los frentes del antedespacho del ministro de Agricultura, Limber Cruz, después que las partes se retiraban, el Defensor del Pueblo se empleó a fondo y persuadió a que los parceleros, en otra oficina contigua, accedieran a estampar sus firmas en el documento contentivo del acuerdo propuesto y que habían firmado los representantes del gobierno y del CAC.

La primera firma fue estampada de parte de los cosecheros por su líder, el agrónomo Manuel Antonio Pérez Canario, conocido como Manuel Lemba.


El acuerdo

“REPÚBLICA DOMINICANA

DEFENSOR DEL PUEBLO

Secretaría General

ACTA NÚM. 001/DP/2021

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día dieciséis (16) de julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a. m.), en presencia del Dr. Pablo Enrique Ulloa Castillo, defensor el pueblo de la República Dominicana, asistido por Harold Modesto, secretario general del órgano constitucional, reunido en el Ministerio de Agricultura, ubicado en la autopista Duarte km 6 ½, Los Jardines del Norte, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, para socializar la lista de propuestas resultantes del proceso de diálogo que ha contado con la participación de los titulares de las instituciones que integran el Gabinete Agropecuario, creado mediante el Decreto núm. 65-21, del 6 de febrero del año dos mil veintiuno (2021), a raiz de la mediación del Defensor del Pueblo, con el propósito de contribuir a la resolución alternativa del conflicto entre el Consorcio Azucarero Central (CAC) y las personas que actualmente se encuentran ocupando los asentamientos de reforma agraria identificados con los números AC-575 y AC-571 en la provincia de Barahona.

Comprobada la asistencia de los titulares de las instituciones que integran el Gabinete Agropecuario, así como la las partes que han participado en el diálogo promovido por el Defensor del Pueblo de la República Dominicana, el titular del órgano constitucional, Dr. Pablo Enrique Ulloa Castillo, declaró abierta la sesión y procedió a dar lectura a los compromisos que, en el entendido de que se ha acordado que los asentados serán dotados, como de costumbre se realiza en los asentamientos del Instituto Agrario Dominicano (IAD), de las siguientes garantías:

1.-   Conceder el título provisional de propiedad, con la finalidad de que inicien cuanto antes la actividad productiva de sus tierras;

Entregar los títulos definitivos a los agricultores asentados que den uso agrícola o pecuario a sus parcelas, de conformidad con las normas vigentes;

Otorgar acceso a crédito con el Banco Agrícola —preferiblemente a tasa cero (0) — una vez se encuentren en posesión legal de sus predios que, según la Ley núm. 145 del 26 de abril de 1975, Gaceta Oficial núm. 9367, son intransferibles.

Suministrar asistencia técnica y preparación del suelo con el apoyo del Ministerio de Agricultura y el Instituto Agrario Dominicano (IAD);

Facilitar los medios necesarios para la siembra de los terrenos concedidos, especialmente, la donación de plántulas, semillas y otros insumos para la producción agrícola;

Dotar los terrenos de sistemas de riego mediante la instalación de pozos tubulares o soluciones alternas, así como la rehabilitación y el mantenimiento del canal de Obispo.

Implementar acciones de apoyo para la comercialización de los productos resultantes de la actividad agrícola en los terrenos concedidos;

En el caso de los beneficiarios de una porción de terreno en el asentamiento AC-550 o en cualquier lugar donde finalmente sea ubicado el asentamiento, siempre que reúnan las condiciones para la producción agropecuaria, estos se comprometen a incorporarse al sistema de cooperativa como medio asociativo e producción, modalidad que implementa el Instituto Agrario Dominicano (IAD) en los asentamientos ya realizados y en los futuros a instalarse;

Crear un equipo técnico para analizar las condiciones productivas del asentamiento AC-550 y determinar si son aptas para la agricultura;

Incluir, en la medida de lo posible, los asentamientos creados en los presupuestos de los programas nacionales e internacionales del Ministerio de Agricultura en apoyo al desarrollo agropecuario;

11.-    El Consorcio Azucarero Central (CAC) se compromete a paralizar las actividades en el área del campamento levantado con ocasión del conflicto hasta que concluya el proceso de saneamiento que realizará el Instituto Agrario Dominicano (IAD);

12.-    Solicitar al Consorcio Azucarero Central (CAC) proceder a la indemnización de los productores por los daños que hayan sido formalizados legalmente a la fecha del presente documento.

Concluida la lectura y escuchadas las observaciones y reparos de las partes en conflicto, el Defensor del Pueblo, en el marco de las disposiciones artículo 14, párrafo II, de la Ley núm. 19-01, del 1.° de febrero del año dos mil uno (2001), que le facultan para “servir de mediador en demandas colectivas bien fundadas y desplazarse a lugares donde se precisen importantes labores humanitarias y entidad que presten servicios públicos”, procede a invitar a los presentes a la firma de este documento en señal de aceptación del consenso alcanzado en esta reunión con respecto a cada uno de los puntos antes señalados.

Pedro Pascual Garcia Méndez

Cédula de identidad y electoral núm. 076-0004428-8

Asociación de Agrícola Bayahonda Aguacatico

Manuel Antonio Pérez Canario

Cédula de identidad y electoral núm. 076-0001371-3

Centro de Promoción Campesina Lemba

Modesto Antonio Mateo Peña

Cédula de identidad y electoral núm. ////////////

Asociación de Agricultores Los Tainos de Santana

Enrigue Gonzalez Matos

Cédula de identidad y electoral núm. 079-0005730-3

Asociación de Campesinos Sin Tierras de Vicente Noble (Socatuvin)

Salvador Gonzalez Pérez

Cédula de identidad y electoral núm. 076-009961-3

Asociación de Agricultores José Lucía de Guanarate

POR EL BLOQUE DE ASOCIACIONES DEL AC-575

Gregorio Montero Encarnación

José Francisco Luisiano

Negro Méndez 

Aurelino florial Méndez

Alnardo Rodríguez motiy

POR EL CONSORCIO AZUCARERO CENTRAL (CAC)

Virgilio Ernesto Perez Bernal

Presidente del CAC

001-0102661-5

POR EL GABINETE AGROPECUARIO

Limbert Cruz

Ministro de Agricultura   Olmedo Caba

Director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI)

Guillermo García

Director del Instituto Agrario Dominicano (IAD)   

Fernando Durán

Administrador del Banco Agrícola

Eliferbo Herasme

Director Ejecutivo

Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal

César Cedeño

Director del Consejo Estatal del Azucar (CEA)

Iván Fernández

Director del Instituto de Estabilización de Precios (Inespre)

Mélido Torres

Director Ejecutivo de la Comisión Permanente de Titulación de Titulación de Terrenos del Estado

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día dieciséis (16) de julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las doce del medio día (12:00 m.), a año 178° de la Independencia y 158° de la Restauración y no habiendo ningún otro tema que tratar el Defensor del Pueblo declara cerrada la sesión, en fe de lo que se levanta la presenta acta en la fecha y lugar indicados, la cual firma junto al Secretario General.

Dr. Pablo Enrique Ulloa Castillo

Defensor del Pueblo

Harold Modesto

Secretario General”.

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