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| El Ministerio Público adelantó que presentará un recurso de oposición para que el Tribunal cambie de parecer. |
Santo Domingo.- Las delaciones premiadas, la evidencia más importante que tenía el Ministerio Público en contra de los seis imputados en el juicio por los sobornos de Odebrecht, quedaron este martes fuera del proceso.
Tras tres semanas debatiendo sobre la
incorporación de las declaraciones por escrito de seis ejecutivos de la
constructora brasileña, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional
llegó a una decisión y rechazó la admisión de las mismas.
Al dar a conocer su fallo, la jueza
presidenta del Tribunal, Esmirna Giselle Méndez, explicó que estas delaciones
no se apegan a las reglas de producción e incorporación del testimonio
establecida en la Constitución de la República y el Código Procesal Penal y por
lo tanto no pueden ser incorporados al juicio mediante lectura.
Las declaraciones son de Marcelo
Odebrecht, expresidente de la constructora brasileña; Marcos Antonio
Vasconcelos Cruz, Ernesto Saviera Baiardi, Luiz Eduardo Da Rocha Soares, Luiz
Antonio Mameri y Hilberto Mascarenchas Alves Da Silva Filho.
La magistrada Méndez indicó que hay tres
formas de presentar testimonios en un juicio, con las cuales se garantizan el
derecho de defensa, oralidad y contradicción y que el Ministerio Público no
cumplió con las mismas.
“¿Por qué no se pueden leer estos
testimonios por escrito, que se pretende incorporar a este juicio?...
Porque no son un anticipo jurisdiccional de prueba, el Ministerio Público para
recabar estos testimonios no recurrió a las previsiones del artículo 287… no se
respetaron las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba que habían
permitido a las defensas ejercer el derecho a la contradicción al interrogar y
contrainterrogar en ese escenario y en presencia de un juez a los testigos”,
afirmó la magistrada Esmirna Giselle Méndez.
La jueza precisó que el Ministerio Público,
al momento de la acusación, tenía a los delatores identificados como testigos y
no los ofrecieron como tal.
“No estamos ante un supuesto donde no
conocimos la existencia de un testigo, ante un impedimento procesal para producir
al testigo, lo que debemos inferir es que operó al momento de la acusación un
ejercicio deliberado, de acuerdo con la estrategia o teoría del caso del
Ministerio Público, de no presentarlos en juicio, porque habiendo sido
identificados como testigos previamente pudieron perfectamente ser ofrecidos y
no estuviéramos teniendo esta discusión, se habrían escuchado como los tres
testigos brasileños que se escucharon al inicio de la etapa de producción
exhibición de las pruebas”, manifestó.
“No somos nosotros los que decimos que las
declaraciones no pueden ser leídas, la Constitución y la ley prohíben que se
lean y esas prohibiciones son conocidas por las partes. Todas las partes
conocen que se requiere para poder presentarlos”, expresó la jueza.
Ahora, el Ministerio Público presentará un
recurso de oposición para que el Tribunal cambie de parecer.
Fuentes: Texto Rosmerys de León. Tomado del periódico El Caribe.


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