Vista
aérea del paso fronterizo Dajabón-Ouanaminthe. A la izquierda República
Dominicana. A la derecha Haití.
Santo Domingo.- El presidente de la República, Luis Abinader, informó la llegada a un consenso entre senadores y diputados para aprobar el proyecto de incentivos al desarrollo fronterizo, antigua Ley 28-01, iniciativa que había mantenido en tensión a los legisladores de ambas cámaras del Congreso Nacional.
Acompañado de una fotografía en la que se
observan varios congresistas, entre ellos los presidentes del Senado y de la
Cámara de Diputados, Eduardo Estrella y Alfredo Pacheco, respectivamente, el
presidente Luis Abinader anunció que el miércoles de la semana entrante será
presentado un nuevo proyecto con el consenso alcanzado por ambas cámaras del
Poder Legislativo.
«Esta tarde en conversación con senadores y diputados se logró el consenso del proyecto sobre incentivos al desarrollo fronterizo (Antigua Ley 28-01) que será presentado el miércoles en la Cámara de Diputados. ¡Con respeto y sentido democrático se puede avanzar!», informó Abinader en su cuenta de Twitter.
Desatado
el tranque.-
Luego del tranque suscitado entre senadores y diputados, fueron varios los
legisladores que apelaron a la intervención del Jefe de Estado para una
aprobación de este proyecto, que extendería el período de exenciones fiscales y
crea la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo por 30 años a partir de su
instalación.
La decisión fue tomada, según explicó la
presidenta de la Comisión, la senadora Faride Raful, por el poco tiempo que
tendrían los legisladores para debatir las modificaciones introducidas por los
diputados, ya que el período de vigencia de la ley era hasta el pasado 1 de
febrero de 2021.
La senadora Faride Raful explicó que en la
Cámara de Diputados las reformas que se introdujeron transformaron la Ley, y
eliminaba el espíritu real la iniciativa, que ya se había consensuado con los
sectores productivos, empresariales e industriales.
La pieza legislativa extiende el período
de exenciones fiscales otorgado a empresas clasificadas por la Ley No. 28-01,
que crea la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, y modificada por la Ley No.
236-05, de fecha 5 de abril de 2005.
La nueva ley beneficiaría a las provincias
Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez
y Bahoruco, y fue sometida por Dionis Sánchez, Antonio Marte y David Sosa.
Las empresas que disfrutarán de las
facilidades y exenciones son las industriales, agroindustriales, agropecuarias,
metalmecánicas, metalúrgicas y energéticas, y todas las permitidas por las
leyes dominicanas establecidas y que se establezcan en el futuro y operen
dentro de los límites de las citadas provincias.
Las provincias establecen la iniciativa,
disfrutarán de una exención de un cien por ciento del pago de impuestos
internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias,
así como cualquier tipo de impuestos, durante un periodo de 30 años a partir de
su instalación.
Además les otorga un 50% en el pago de uso
de puertos y aeropuertos y establece que las transferencias dentro del
territorio nacional de los bienes elaborados y servicios prestados por las
empresas que se beneficien de las exenciones estipuladas en la presente Ley,
estarán sujetas al pago de las obligaciones fiscales que establece el título
III del Código Tributario, referente al Impuesto sobre la Transferencia de
Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
La ley contempla, en cuanto a las
obligaciones fiscales dispuestas en el título IV del Código Tributario,
referentes al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que solo serán aplicables a
los bienes derivados del alcohol y el tabaco, entre otros, producidos,
transferidos y/o comercializados por las empresas acogidas al amparo de la
presente Ley.
En el artículo 6 de la ley se crea el
Consejo de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, dependiente del
Ministerio de la Presidencia, integrado por el presidente del Consejo,
designado por el Presidente de la República, con voz, pero sin voto; el
ministro de Industria, Comercio o su representante.; el ministro de Economía,
Planificación y Desarrollo o su representante, y un representante de cada una
de las siete (7) provincias que abarca esta ley.
Igual, se aprobó que los integrantes del
Consejo establecidos en el literal, se escogerán en consenso por los alcaldes
de los municipios de cada una de las provincias citada en la ley, un regidor
diferente al partido político del alcalde, elegido por la Sala Capitular de
cada municipio de los que integran la provincia y un representante de la Cámara
de Comercio y Producción de cada provincia.



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