Titulares

domingo, 24 de enero de 2021

¡Maltrato animal!!!... “Caso de la perrita Trufa” sigue en los tribunales, habrá nueva audiencia el martes

 

Por Mario Lara Valdez y Vianelo Perdomo Batista

Santo Domingo.- Oscar Arturo Nanita, es el nombre de un hombre acusado de maltratar a Trufa, una perrita bulldog francés, acción ampliamente conocida, pues al ser grabada y subida a las redes sociales, el video se hizo viral. 

Este sábado, 23 de Enero, se conoció la segunda audiencia de este caso para homologar un acuerdo al que se había arribado antes y conocer la querella interpuesta por la Federación Dominicana de Protección Animal contra Oscar Arturo Nanita.

Se recuerda que Oscar Arturo Nanita había sido arrestado luego de presentarse, junto al abogado Enrique Vallejo Gari, en la fiscalía comunitaria ubicada en la carretera Sánchez’.

La Jueza que conoció la audiencia aceptó a la Federación Dominicana de Protección Animal como querellante y de inmediato la organización defensora de los animales se pronunció en desacuerdo porque, a su entender, nunca estuvo presente el interés de los ciudadanos ni de la ley de protección animal con lo cual se rechazó  el acuerdo presentado por el Ministerio Público, quedando así invalidado el mismo.

De esta manera, en relación al  manejo e interpretación de la ley 248-12  de Protección Animal, este sábado, 23 de enero, se marcó un precedente en la República Dominicana.

De manera que, el mares, 26 de enero, a las dos de la tarde, se le conocerá la medida de coerción a Oscar Arturo Nanita, el nombre de un hombre acusado de maltratar a Trufa y por cuya acción la Federación Dominicana de Protección Animal se constituyó en parte civil.

En su defensa, Oscar Arturo Nanita explicó que la agresión que cometió contra Trufa fue para proteger a su hijo. 

Pero, los abogados Eduardo Pantaleón y Ángel Reinoso, representantes de diferentes organizaciones que defienden la Ley de Protección Animal y la no violencia hacia los animales, establecen que el imputado ha sido sometido a la Justicia conforme al artículo 66 de la Ley 248-12, sobre Protección Animal y Tenencia Responsable, del 15 de agosto de 2012, y que tipifica la crueldad.

 

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