Indica que el órgano fiscalizador del Estado “dificulta” el trabajo de la Pepca y la Dirección de Persecución.
Santo Domingo.- El Ministerio Público interroga este viernes al presidente de la Cámara de Cuentas, Hugo Álvarez Pérez, y al secretario, Carlos Noés Tejada Díaz, en la apertura de una investigación contra los miembros del organismo fiscalizador del Estado “por obstruir la justicia al entorpece
r indagatorias sobre corrupción en instituciones estatales”.Álvarez Pérez fue citado para las 2:00 de
la tarde de este viernes, y el miembro y secretario Tejada Díaz, para las 5:00,
ambos investigados por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción
Administrativa (Pepca), que encabeza Wilson Camacho.
Los funcionarios fueron citados “a los
fines de que declaren respecto a informaciones que posee el Ministerio Público
sobre manejos irregulares por parte de los miembros de la Cámara de
Cuentas para impedir el suministro de los informes requeridos para el
desarrollo de las investigaciones llevadas a cabo por corrupción
administrativa, lavado de activos e infracciones conexas”, detalló la
Procuraduría General en un comunicado.
La Pepca, con el apoyo de la Dirección
General de Persecución del Ministerio Público, que dirige Yeni Berenice
Reynoso, se encuentra “inmersa” en múltiples investigaciones referentes a
denuncias y querellas sobre irregularidades en distintas instituciones de la
administración pública.
En ese contexto, la Pepca remitió
reiteradas comunicaciones en las que solicita información a la Cámara de
Cuentas.
Sin embargo, sus miembros “han respondido
con evasivas, teniendo además el Ministerio Público evidencias de que los
mismos han incurrido en manejos irregulares, para impedir el suministro de los
informes requeridos para el desarrollo de las indagatorias”, resaltó el órgano
de la persecución penal.
Añade que esta actitud de quienes integran
la entidad superior externa de control fiscal de los recursos públicos “se
constituye en obstrucción a la justicia y los convierte en objeto de
investigación”.
La obstrucción de justicia está definida
en el artículo 12 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (133-11), que
establece la obligación de los funcionarios públicos a ofrecer la información
requerida, cuya desobediencia se castiga según indica el artículo 188 del
Código Penal Dominicano.
El citado artículo señala: “La pena de la
reclusión se impondrá: a los funcionarios públicos, agentes o delegados del
Gobierno, cualquiera que sea su grado, y la clase a que pertenezcan, que
requieren u ordenaren, hicieren requerir u ordenar la acción o el uso de la
fuerza pública, para impedir la ejecución de una ley, la percepción de una
contribución legal, la ejecución de un auto o mandamiento judicial o de
cualquiera otra disposición emanada de autoridad legítima”.


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