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lunes, 17 de agosto de 2020

Presidente Cámara de Diputados anuncia Código Penal estará en agenda este martes; sectores insisten en las tres causales

Palacio del Congreso Nacional
Santo Domingo.- Otra vez se hará el intento de dotar a la República Dominicana de un nuevo Código Penal. En dos ocasiones la nueva pieza legislativa fue observada por el Poder Ejecutivo y, en otra, declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (TC).


Este lunes, el nuevo presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, informó que será sometido mañana el nuevo código, pero sin la parte que se refiere a despenalizar la interrupción del aborto, en ninguna de sus causales.

El Código Penal de la República Dominicana tiene casi los mismos años de independencia del país, con diferencia de unos meses. Fue promulgado mediante decreto-ley No. 2274 del 20 de agosto de 1884. Después de su promulgación, ha habido leyes que anulan y modifican sus artículos.
El principal argumento que se destila para tener un nuevo Código Penal es que el vigente no se corresponde con la sociedad hoy en día.
La travesía para esta nueva legislatura se puede remontar desde hace seis años cuando, en 2014, las cámaras del Congreso Nacional aprobaron la Ley 550-14 que establecía el nuevo Código Penal para el país.
Luego de enviarla al Poder Ejecutivo, esta fue devuelta con observaciones por el entonces presidente Danilo Medina. Según recogen los medios de comunicación, el mandatario devolvió la ley porque todavía mantenía el aborto como una tipificación penal, sin excepciones.
Tras fuerte debates en el Congreso Nacional, se aprobó el nuevo Código Penal con las observaciones hecha por Medina y se decidió que no será castigado el aborto cuando este represente riesgo para la vida de la madre y se hayan agotado todos los procedimientos técnicos y científicos disponibles. Luego, este fue promulgado por el mandatario en diciembre de ese mismo año.
Sin embargo, antes de entrar en vigencia, el nuevo Código Penal fue declarado en contra de la Constitución por el Tribunal Constitucional, después de una acción interpuesta por las fundaciones Justicia y Transparencia (FJT), Transparencia y Democracia y Matrimonio Feliz.
Prácticamente, durante un año se mantuvo de nuevo la pieza en el Congreso Nacional, hasta que fue aprobada en diciembre de 2016. Pasó lo mismo que en 2014, tras remitirla al Poder Ejecutivo, esta fue devuelta por el presidente ya que penalizaba el aborto sin excepción alguna.
Desde entonces, el país está a la espera de un nuevo Código Penal que se adecue a los tiempos a los cuales está viviendo la sociedad.
Novedades.- Las novedades que traía consigo el Código Penal que fue aprobado en 2016 era que castigaba los feminicidios con 40 años de prisión, elevaba la pena máxima de 30 a 40 años y establecía la acumulación de la pena hasta 60 años de prisión.
Excepciones.- Las excepciones que han sido demandas para el aborto son: que este no sea penalizado cuando corre riesgo la vida de la mujer, cuando el embarazo es inviable o cuando es producto de violación o incesto.

Marcha de organizaciones a favor de la despenalización del aborto en tres causales.
Las tres causales.- Organizaciones de mujeres y de la sociedad civil rechazaron este lunes la posible aprobación del Código Penal dominicano sin la despenalización del aborto en tres causales.

A través de un comunicado, dijeron que recibieron con "inmensa preocupación" la declaración del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pachecho, quien informó que se someterá el proyecto de ley que modifica el Código Penal sin las causales, y que someterá una ley especial al respecto.
"Esta lamentable declaración se produce justo hoy, lunes 17 de agosto, en el primer día del denominado 'Gobierno del cambio', cuando, además, se cumplen ocho años de la muerte de Rosaura Almonte Hernández, Esperancita, quien falleció por negársele el tratamiento de quimioterapia que necesitaba, ya que tenía siete semanas de embarazo", señalaron.
Indicaron que el anuncio de Pacheco es contrario a la resolución de la décima novena sesión ordinaria de la Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM), del 26 de julio de 2016, donde se aprobó apoyar las tres causales, que también están contenidas en el programa de Gobierno.
Las tres causales del aborto a despenalizar son cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer, cuando es un embarazo médicamente inviable y cuando es resultado de una violación sexual o incesto.
"Atención legisladoras y legisladores: la penalización absoluta del aborto es inconstitucional, es contraria al estándar mínimo de los derechos humanos y constituye violencia de Estado", manifestaron.
Las organizaciones detallaron que cuando se penaliza totalmente el aborto, se provoca que se hagan "muchos abortos inseguros y clandestinos, y que mueran más mujeres, en su mayoría pobres y jóvenes".
"¡No queremos más muertes como la de Esperancita! A ninguna mujer se le puede obligar legalmente a poner en riesgo su salud ni su vida", expresaron.
La Coalición por la Vida y los Derechos de las Mujeres, conformada por más de 80 instituciones, y el Foro Feminista demandan la despenalización del aborto en las tres causales en el Código Penal y rechazan que las tres causales se envíen a una ley especial.
"¿Prometieron cambio? Legislen a favor de los derechos de las mujeres a la salud y a la vida. No aceptamos menos", demandaron.
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