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La Redacción.
abril 09, 2020
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| Diputado Pedro Botello |
Santo Domingo.- El diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) de La Romana, Pedro Botello se sumó a la voces que reclaman los fondos de pensiones y anunció que tiene listo someter por la Secretario General de la cámara un proyecto de ley que busca que las AFP liberen un 30%, dinero acumulado por los trabajadores.
La Presente ley tiene por objeto establecer el marco legal para la regulación, planificación y gestión del retiro único anticipado de hasta el 30% del fondo acumulado en las cuentas personales de los afiliados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)., en el actual Estado de Emergencia, por la crisis sanitarias del Coronavirus COVID-19, a fin de salvaguardar la economía familiar y dinamizar la economía nacional, contrarrestando los efectos económicos negativos generado por el Estado de Emergencia.
De forma extraordinaria, y por única vez se autoriza a los afiliados que lo requieran de disponer de hasta un 30% de los fondos acumulados en sus cuentas personales en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Así lo hizo saber a través de un video, en el que observa que el presidente Leonel Fernández, líder del Partido la Fuerza del Pueblo, se muestra en desacuerdo con que esos fondos sean tocados para que no haya un festín con esos recursos los fondos de pensiones.
“Atendiendo a un reclamo nacional, hemos procedido a elaborar el proyecto de ley que permite el retiro único y anticipado de hasta un 30 por ciento de los fondos acumulados de las AFP por los trabajadores”, citó Botello en su foto movida.
Para evitar que los fondos no sean desnaturalizados por las administradoras de pensiones, plantea Botello, que en su dispositivo legislativo, habrá una cláusula del tipo penal que busca castigar con restricciones de libertad a los infractores del ante proyecto de ley.
A continuación contenido de la ley
ARTÍCULO 1. — OBJETO DE LA LEY. La Presente ley tiene por objeto establecer el marco legal para la regulación, planificación y gestión del retiro único anticipado de hasta el 30% del fondo acumulado en las cuentas personales de los afiliados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)., en el actual Estado de Emergencia, por la crisis sanitarias del Coronavirus COVID-19, a fin de salvaguardar la economía familiar y dinamizar la economía nacional, contrarrestando los efectos económicos negativos generado por el Estado de Emergencia.
ARTÍCULO 2. — DISPOSICIÓN EXTRAORDINARIA. De forma extraordinaria, y por única vez se autoriza a los afiliados que lo requieran de disponer de hasta un 30% de los fondos acumulados en sus cuentas personales en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
ARTÍCULO 3. — PLAZO PARA ENTREGA DE FONDOS. La entrega de dichos fondos se efectuara en un plazo máximo de 10 días de presentada la solicitud, en donde el afiliado deberá indicar el número de cuenta bancaria para el depósito correspondiente.
ARTICULO 4. — PLAZO DE ACOGIMIENTO. Las personas que deseen acogerse a la presente ley deberán solicitarlo en el plazo máximo de 30 días de concluido el Estado de Emergencia.
ARTICULO 5. — SANCION PENAL. El 30% de los fondos acumulados por los afiliados en las AFP, constituye un fondo de garantía para los estados de emergencias que deberá ser reservado por las AFP., por tanto no puede ser utilizado bajo ninguna circunstancia por estas instituciones financieras. La violación al objeto de la presente ley por las administradoras de Fondos de Pensiones, constituye un delito penal que será sancionado con las penas establecidas en el artículo 405 del Código Penal Dominicano.
ARTICULO 6. — DEROGACIÓN. La presente ley deroga y deja sin efecto, cualquier otra disposición que le sea contraria.


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