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La Redacción.
junio 28, 2019
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- Procuraduría General de la República informó que investigará si pagos corresponden a sobornos adicionales Odebrecht.

Ángel Rondón dijo que en Punta Catalina
actuó igual que en otras.
Santo Domingo.- El hecho de que la Procuraduría General de la República haya anunciado que investigará si los supuestos pagos de 39.5 millones de dólares en soborno por Odebrecht para Punta Catalina corresponden a hechos nuevos, podría abrir una discusión o debate jurídico respecto a si existiría una doble persecución en caso de que el Ministerio Público decida investigar al empresario Ángel Rondón Rijo y al senador y expresidente de la Comisión de Hacienda del Senado, Tommy Galán Grullón.
Luego de que el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación junto a El Informe con Alicia Ortega revelara que la empresa brasileña realizó transferencias de pagos a empresas de Rondón Rijo, exenlace comercial de Odebrecht, así como a otras siete empresas, el Ministerio Público informó que ni las delaciones premiadas ni ninguno de los documentos solicitados y recibidos de parte de las autoridades de Brasil hasta la fecha contemplan pagos por sobornos para la planta Termoeléctrica Punta Catalina, pero si correspondiera esta información a sobornos, actuarán con la misma determinación y responsabilidad con la que siempre han actuado.
Hay opiniones encontradas entre abogados consultados por DL respecto a si podría considerarse doble persecución el que una vez el órgano investigador dijera que no hubo sobornos para Punta Catalina, y ahora decida procesar a Rondón en calidad de enlace comercial y presunto receptor de parte de los fondos que se habrían distribuido al funcionario público y a Galán Grullón, por su condición de miembro de la Comisión de Hacienda del Senado, espacio donde se debatió el proyecto de financiamiento.
Abogados que pidieron mantener sus nombres en el anonimato, expusieron sus consideraciones respecto a si habría o no doble persecución como se estableció en la sentencia del caso del exsenador Félix Bautista.
Algunos dicen sí, otros no.- Para Carlos Balcácer, la doble persecución se configura por el hecho de que el Ministerio Público realizó una investigación por Punta Catalina contra Rondón y otros procesados, en tanto que José Rafael Ariza difiere e indica que para el caso no ha sido juzgado y que además no se dan las causales de non bis in ídem: identidad de partes y objeto.
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| Ángel Rondón dijo que en Punta Catalina actuó igual que en otras. |
Santo Domingo.- El hecho de que la Procuraduría General de la República haya anunciado que investigará si los supuestos pagos de 39.5 millones de dólares en soborno por Odebrecht para Punta Catalina corresponden a hechos nuevos, podría abrir una discusión o debate jurídico respecto a si existiría una doble persecución en caso de que el Ministerio Público decida investigar al empresario Ángel Rondón Rijo y al senador y expresidente de la Comisión de Hacienda del Senado, Tommy Galán Grullón.
Luego de que el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación junto a El Informe con Alicia Ortega revelara que la empresa brasileña realizó transferencias de pagos a empresas de Rondón Rijo, exenlace comercial de Odebrecht, así como a otras siete empresas, el Ministerio Público informó que ni las delaciones premiadas ni ninguno de los documentos solicitados y recibidos de parte de las autoridades de Brasil hasta la fecha contemplan pagos por sobornos para la planta Termoeléctrica Punta Catalina, pero si correspondiera esta información a sobornos, actuarán con la misma determinación y responsabilidad con la que siempre han actuado.
Hay opiniones encontradas entre abogados consultados por DL respecto a si podría considerarse doble persecución el que una vez el órgano investigador dijera que no hubo sobornos para Punta Catalina, y ahora decida procesar a Rondón en calidad de enlace comercial y presunto receptor de parte de los fondos que se habrían distribuido al funcionario público y a Galán Grullón, por su condición de miembro de la Comisión de Hacienda del Senado, espacio donde se debatió el proyecto de financiamiento.
Abogados que pidieron mantener sus nombres en el anonimato, expusieron sus consideraciones respecto a si habría o no doble persecución como se estableció en la sentencia del caso del exsenador Félix Bautista.
Algunos dicen sí, otros no.- Para Carlos Balcácer, la doble persecución se configura por el hecho de que el Ministerio Público realizó una investigación por Punta Catalina contra Rondón y otros procesados, en tanto que José Rafael Ariza difiere e indica que para el caso no ha sido juzgado y que además no se dan las causales de non bis in ídem: identidad de partes y objeto.

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