Escrito por
La Redacción.
abril 13, 2018
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| Reinaldo Pared Pérez, Dionis Sánchez y Prim Pujals, presidente, vicepresidente y secretario del Senado, respectivamente. |
Uno de los mayores avances que presenta esta iniciativa es que prohíbe
que un candidato que haya perdido una contienda interna en su partido pueda
postularse por otra organización en la misma campaña electoral, lo que busca
evitar el transfuguismo cuando un candidato pierde en elecciones internas.
También se estableció que las candidaturas cedidas por un partido a
dirigentes del mismo partido o aliado, por una alianza electoral, sólo tendrá
validez legal si son cedidas por lo menos 30 días antes del inicio de la
precampaña.
Se aumentó la cuota de la mujer de un 33 a un 40 por ciento en la
congresual y un 50% en la municipal y se prohibió la negación de aquellas
candidaturas de mujeres obtenidas en procesos internos; en casos de alianzas o
coaliciones, la sustitución de una mujer debe ser por otra mujer del partido
con quien se ha hecho la alianza.
Asimismo, se estableció una cuota para la juventud, de un 10% para
candidaturas de ciudadanos de hasta 35 años.
En la pieza quedó prohibido a un partido nuevo concurrir aliado en el
primer proceso electoral ante el cual se presentan, debiéndose postular
candidaturas propias en ese certamen, de cualquier nivel que se trate.
Asimismo, será obligatoria la renovación periódica de los puestos de
dirección de los partidos, mediante mecanismos democráticos. También los
partidos podrán reservarse un máximo de candidaturas a cargos de elección
popular equivalente al 20% del total de las nominaciones, las cuales deben ser
acordadas con no menos 30 días antes del inicio de la precampaña
correspondiente.
Se perderá la personería jurídica de los partidos que no obtengan por lo
menos el 1% de los votos válidos en la última elección, a diferencia de lo
planteado por la entidad comicial de un 2%.
También no haber obtenido representación congresual o municipal en las
últimas elecciones y no haber participado en dos elecciones generales
sucesivas.
Distribución de recursos del Estado.- Los senadores aprobaron que la
distribución de la contribución económica del Estado a los partidos se hará un
80% distribuido en partes iguales a los partidos que hayan obtenido más del 5%
y 20% distribuido en partes iguales entre todos los minoritarios, incluyendo
los de nuevo reconocimiento.
Esto contrario a lo planteado por la Junta Central Electoral, que
propuso un 80% en función de los votos obtenidos en la última elección y 20% en
partes iguales entre todos los partidos.
Del monto obtenido por el Estado, los partidos deberán dedicar el 10%
para la formación política de sus militantes.
El proyecto, además, puso un tope de gasto para los precandidatos, para
la candidatura presidencial de 100 pesos por cada elector; para los senadores y
diputados, 75 pesos por cada votante, y 50 pesos para el alcalde y los
regidores.
También quedaron prohibidas las donaciones privadas superiores al 1% de
los límites establecidos en la ley, a diferencia de lo planteado por la JCE de
un 0.5%.
Para el tiempo de duración de la precampaña se estableció nueve meses
antes de las elecciones, iniciando en el mes de agosto y la primaria en el
tercer domingo de noviembre; mientras que la proclamación de los candidatos
será en el mes de diciembre.
Publicidad exterior queda prohibida.- La publicidad es un punto que esta
ley toca en varios aspectos. Quedará prohibida además, la publicidad que
perjudique la estética urbana, que dañe el medioambiente y los recursos
naturales o que contravengan las disposiciones sobre ornato municipal.
Asimismo, como forma de abaratar las campañas internas, se prohibió que
en los procesos internos se difundan comerciales en medios masivos, como radio,
televisión, prensa, exceptuando las redes sociales, mítines en lugares abiertos
o las llamadas “disco light”.
La JCE fiscalizará recursos de partidos.- Los recursos de los partidos
serán auditados por una unidad especializada de control financiero de la Junta
Central Electoral (JCE), que será la responsable de verificar y fiscalizar la
distribución interna de los recursos.
Asimismo, la Junta Central Electoral deberá validar los informes
económicos y financieros remitidos por los partidos en los primeros tres meses
del año a diferencia del proyecto de la entidad que mandaba a que los informes
se realizaran semestral.


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