Escrito por
La Redacción.
julio 02, 2017
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Esta es la sede de la OTTT, donde operará la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT). Las demás dependencia del INTRANT serán diseminadas por diversos lugares.
Santo
Domingo.- El gobierno
concluyó todos los preparativos para que a partir de este lunes entre en
funcionamiento el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre
(INTRANT).
Según revelaron varias fuentes, los decretos nombrando
al Director Ejecutivo, a los funcionarios departamentales y a los miembros del
Consejo que regirá el Intrant, están listos y podrían ser dados a conocer este
lunes.
Como parte de los trabajos que realiza desde hace
meses, la comisión que organiza el nuevo órgano que regirá todo lo relativo al
transporte, ya rotuló los locales donde funcionarán sus oficinas centrales.
Tal y como se ha publicado, la Dirección Ejecutiva del
Intrant funcionará en el edificio donde está ubicada la Oficina Técnica de
Transporte Terrestre, mientras que la Dirección de Licencias estará ubicada
donde actualmente funciona la Dirección General de Tránsito Terrestre.
Algunas de las dependencias también funcionarán donde
está ubicado el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (FONDET), en la
Avenida Hermanas Mirabal, en el sector de Villa Mella.
Conjuntamente con el nombramiento del Director
Ejecutivo del Intrant, serán nombrados otros funcionarios y luego será
conformado el Consejo Directivo, debido a que, de acuerdo con lo que establece
la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial, es el Consejo Directivo el que se encargará de la elaboración
gradual de los casi 40 reglamentos que se requieren para que esa norma
pueda entrar en pleno funcionamiento.
“El Consejo Directivo se constituye después de que sea
nombrado el Director Ejecutivo del INTRANT”, precisaron las fuentes.
Una vez elabore los reglamentos, el Consejo los
remitirá al Poder Ejecutivo para su aprobación final y puesta en ejecución.
Varias semanas después de que fuera promulgada la Ley,
la comisión que preside el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, inició
los trabajos de organización del Intrant incluyendo la elaboración de los
reglamentos en cuya labor han estado trabajando unos 80 abogados.
Como la Ley envuelve la ejecución de varios programas
que van en la dirección de resolver los problemas que en la actualidad
afectan el tránsito en todo el país, la comisión se ha estado reuniendo con
organizaciones del transporte, representantes de más del 95% de los integrantes
de ese sector, discutiendo las diferentes vertientes de la aplicación de la Ley
“Lo que se ha
hecho hasta ahora es incluir a todos los integrantes del sector, de manera que
nadie quede excluido, y en lo adelante todos los pasos que den serán informados
y consultados con los miembros de ese sector”, precisó la fuente.
El Intrant, que
sustituirá y absorberá las funciones del Fondo de Desarrollo del Transporte
Terrestre (Fondet), la Dirección General de Tránsito Terrestre(DGTT), la
Oficina Técnica de Tránsito Terrestre (OTTT); y el (Consejo para la
Administración y Regulación de Taxis (CART).
El Intrant es el
organismo que tendrá bajo su radio de acción todo lo relativo al sistema de
transporte en la República Dominicana.
Fungirá como el
organismo rector, nacional y sectorial descentralizado del Estado, con
personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica,
adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, encargado de cumplir
y hacer cumplir el contenido de la ley.
Aunque
especialistas en transporte y juristas alegan que de acuerdo con la
Constitución, dos días después de que una ley es publicada en la Gaceta
Oficial, entra en vigencia a nivel nacional, en lo que respecta a la Ley 63-17,
la propia ley establece los reglamentos deberán ser revisados por los miembros
del Consejo Directivo, que será conformado después que sea nombrado el
director ejecutivo del INTRANT.
Según ley,
el Intrant tendrá unas 42 responsabilidades, entre las que figuran el diseño y
ejecución de la política nacional de movilidad, transporte terrestre, nacional
e internacional, tránsito y seguridad vial.
Entre sus
funciones están además, establecer los requisitos que deberán cumplir los
conductores del transporte de carga, así como ejercer el control administrativo
sobre la emisión de las licencias de operación para la prestación de servicios
en las áreas de su competencia.
Algunas
novedades de la Ley 36-17.- Entre
las novedades y disposiciones que contempla la nueva ley que crean ciertas
expectativas y conflictos, figuran la restricción de pasajeros en motocicletas
y el traslado de menores de ocho años en las mismas.
Los carros del
transporte público deben tener un máximo de 15 años de antigüedad y no podrán
cargar más de cuatro pasajeros y un conductor; así como sanciones para los
ciudadanos que sean sorprendidos realizando competencias clandestinas en las
calles y avenidas del país.
Según la Ley 63-17
los motociclistas sólo podrán trasladar a una sola persona como pasajero; ambos
deberán llevar casco protector; eliminarán la circulación de vehículos chatarra
en un máximo de diez años con el fin de disminuir su circulación y de los
autobuses urbanos.

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