Escrito por
La Redacción.
septiembre 22, 2015
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DICE QUE SE DEBE INICIAR UNA INVESTIGACIÓN EN CONTRA DE LA ACTUACIÓN DE LA MAGISTRADA AWILDA REYES BELTRÉ.
Santo
Domingo.- El
Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, solicitó
al presidente de la Suprema Corte de Justicia investigar la actuación de la
jueza que ordenó la entrega de US$20.8 millones a la sociedad Prado Universal
Corp, compañía constructora de la Torre Atiemar, cuyo presidente es el español
Arturo del Tiempo.
Domínguez Brito, en la misiva enviada al magistrado
Mariano Germán Mejía, dice que se debe iniciar una investigación en contra de
la actuación de la magistrada Awilda Reyes Beltré, de la Cuarta Sala Penal del
Distrito Nacional, quien también condenó a la Procuraduría al pago de un
astreinte de un millón de pesos diarios por cada día de retardo al
cumplimiento de dicha sentencia.
Sostuvo que la jueza no tomó en cuenta ninguno de los
medios presentados por los impetrados en el desarrollo del conocimiento de la
audiencia de amparo, asumiendo como una violación al derecho de propiedad y del
ejercicio de la libre empresa un crédito que no se ha constituido, y que por lo
tanto no es susceptible de liquidación ni de exigibilidad.
Expresó que el tribunal le reconoció a los accionantes
“ignorando todo el debido proceso penal y civil agotado en el caso en cuestión,
asumiendo la jueza de manera incomprensible que la ejecución de actuaciones
judiciales han perjudicado derechos fundamentales de la impetrante del amparo”.
Domínguez Brito calificó de abusiva la sentencia
dictada por la magistrada Reyes Beltré en contra del Ministro de Hacienda, el
administrador general del Banco de Reservas y los miembros de su Consejo de
Administración, a la Fiscal del Distrito Nacional y a Procuraduría al
condenarlo al pago de "sumas absurdas de dinero sino obtemperar al
reconocimiento inmediato de unos derechos supuestamente afectados”.
Sostiene que es deber fundamental de todo juez de
amparo ponderar, con estricto apego al derecho, los argumentos de todas las
partes envueltas en la acción.
Plantea que la jueza reconoce los derechos que las
partes envueltas poseen y desean proteger, valora la interacción de los mismos,
“cosa que lamentablemente no ha ocurrido en el caso de la especie.
Expresó que se pudiera constituir en un obstáculo a la
lucha de las autoridades nacionales contra la criminalidad organizada
transnacional, ya que acciones como esta pudieran tratar de amilanar o mermar
las actuaciones del Estado en esta materia”.
Argumento jueza
La magistrada acogió una acción de amparo manifestando
haberse comprobado que los valores constituyen la diferencia del total de la
acreencia del Banco de Reservas sobre el valor total del inmueble Torre
Atiemar, no han sido depositados a la cuenta abierta para tales fines, a nombre
de la Fiscalía del Distrito Nacional.
La acción de amparo fue interpuesta por Prado
Universal Corp., sociedad comercial constituida en Panamá, representada por su
administrador general, Jorge Postigo Silva, por intermedio de sus abogado
Manuel Olivero Rodríguez y René del Rosario.
Sostienen que Banreservas resultó adjudicatario de los
36 apartamentos por la suma de US$34 millones, más US$145,884.15 por concepto
de honorarios de los abogados.
Asimismo, entienden que tanto el mandamiento de pago
que establecía el monto y el pliego de condiciones de la deuda de RD$551
millones, equivalentes en ese momento al monto de US$14.3 millones, dejó un
excedente de US$20.8 millones.
La jueza plantea que el secuestro de la Torre Atiemar,
en marzo del 2011, fue levantado a los fines de que Banreservas realizara
embargo inmobiliario en virtud de la hipoteca en primer rango que tenía el
inmueble.


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